Introducción: desde el 2008 rigen en Cuba definiciones ministeriales para uniformar los criterios psiquiátrico forense y favorecer la hermenéutica entre peritos y operarios penales.
Objetivo: remodelar las equivalencias hermenéuticas en este campo para guía de peritos designados, operarios penales y expertos de partes.
Desarrollo: se elaboraron propuestas de interpretación de todas las referencias penales al estado mental de personas, a partir de críticas y propuestas a la ley penal emanadas desde la propia Psiquiatría y de la práctica pericial, con antelación y durante la asesoría al proceso legislativo. Estas fueron sometidas a tres grupos de expertos, de los que resultaron, por consenso, los criterios generales de interpretación pericial del estado mental de imputados, acusados, víctimas, testigos y sancionados, compatibles con la intención y terminología penales, presentados en este trabajo.
Conclusiones: las nuevas leyes penales cubanas, que empezaron a regir a partir de 2022, contienen cambios en las referencias al estado mental de imputados, acusados, víctimas, testigos y sancionados, y desde la Psiquiatría se han establecido equivalentes, sistematizados en este trabajo, a ser empleados en el trabajo pericial por ser viables para una eficiente hermenéutica entre ambos campos y para la uniformidad de la interpretación forense en todo el país.
Palabras claves: Psiquiatría Forense; inimputabilidad; secuela; discapacidad mental.