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Puesto que un psicólogo forense es un profesional capacitado para prestar asistencia
técnica, emitiendo informes psicológicos sobre determinados aspectos emocionales,
cognitivos y del comportamiento que interesan al contexto judicial, la puerta de entrada
para él será uno de los medios previstos por el procedimiento legal: la prueba pericial.
Para Manzanero Puebla
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la psicología forense es aquella aplicada a los tribunales o a
aquellas actividades que el psicólogo puede realizar en el foro.
Dentro de sus vertientes
nos ocupa la psicología del testimonio, la cual equivale a la aplicación de la psicología
de los procesos cognitivos para la obtención y valoración de la prueba testifical a través
de la evaluación de la atención, percepción, memoria y leguaje, según la opinión de
Manzanero, citada por Morales.
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El interés por estas evaluaciones se centrará en el peritaje de la credibilidad para casos
de abuso sexual infantil (ASI), persiguiendo el objetivo de proponer una metodología
adecuada, identificada en el Modelo Holístico de Evaluación de la Prueba Testifical
(HELPT), el cual es examinado en este trabajo de revisión.
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La pertinencia de esta investigación se sustenta en la inadecuación la metodología
utilizada hasta el momento. La forma en que se trabaja actualmente no tiene en cuenta
la incompatibilidad existente entre la actividad psicoterapéutica y la pericial, algo que
profundizaremos más adelante, por tanto, urge la revisión de las técnicas empleadas.
Este alto nivel de relevancia se justifica en el hecho que exige la correcta realización
de la valoración forense, puesto que la ocurrencia de errores por parte de los peritos
implicaría condenas injustas o la ausencia de castigos.
En el trabajo de Reyes y otros
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el fenómeno ASI es definido basándose en los conceptos
de asimetría de edad y coerción. La primera alude a la diferencia de los participantes
en cuanto a experiencias, grado de madurez biológica y expectativas diferentes,
mientras que la coerción se entiende como el uso de la fuerza física, la presión y el
engaño, y es criterio suficiente para etiquetar la conducta de abuso sexual a un menor.
El carácter íntimo y privado, frecuente en casos de esta naturaleza, obliga al tribunal
que dicta sentencia a valerse, casi de manera exclusiva, del testimonio de las partes.
Por tanto, la evaluación de la credibilidad posee un rol primordial en el proceso penal
a la hora de resolver una de sus dificultades cardinales: la insuficiencia probatoria.
No se puede afirmar que la investigación del ASI sea un tema goce de especial vitalidad
en Cuba, amén de la voluntad política del Estado, comprometido con el resguardo y
salvaguarda de los menores. Sin embargo, es constatable la existencia de diversos
materiales realizados por autores cubanos que, de forma esencialmente descriptiva,
realizan un acercamiento al fenómeno. Al menos una docena de estos trabajos
científicos han centrado su atención en la caracterización psicopatológica de los casos,
variables sociodemográficas y aspectos médico legales relacionados con los delitos
sexuales, mientras que otros ponen énfasis en la prevención, la no revictimización y la
protección legal.
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Existe una ausencia significativa de estudios que exploren la
actividad pericial, y este es un problema medular identificado con anterioridad: la
necesidad de una metodología clara para la validación del testimonio.
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